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Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares 

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Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares 

El Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares es uno de los siete reglamentos que componen el marco normativo federal para el sector del autotransporte en México.

 

¿Qué es el Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares?

El Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares es un ordenamiento jurídico de índole federal que compete a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) para efectos administrativos y de su aplicación e interpretación.

Su objetivo es regular los servicios de autotransporte federal de pasajeros, turismo, carga y servicios auxiliares que los complementan.

 

Tipos de permisos de Autotransporte Federal 

Según el Art. 6° del Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares, serán objeto de permiso expedido por la SICT los siguientes:

  1. Operación y explotación del autotransporte federal de pasajeros, turismo y carga.
  2. Unidades de verificación físico-mecánica.

III. Arrastre, arrastre y salvamento y depósito de vehículos.

  1. Construcción, operación y explotación de terminales de pasajeros y carga.
  2. Transporte privado de personas y de carga.

 

Asimismo, requerirán permiso los autotransportistas estatales o municipales que

transiten por caminos de jurisdicción federal.

 

Requisitos para otorgar permisos 

Para el Autotransporte federal de carga se deberá presentar:

  • Solicitud en el formato que para tal efecto expida la SICT.
  • Documento que ampara la inscripción en el RFC.
  • Acta de nacimiento, cartilla, certificado de nacionalidad, carta de naturalización o pasaporte, en caso de que el solicitante sea persona física.
  • Acreditar con poder otorgado ante fedatario público, la representación legal del promovente.
  • Acreditar la propiedad o legal posesión del vehículo con factura y Carta Porte.
  • Presentar póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros o fondo de garantía vigente.
  • Declaración de características del vehículo.
  • Certificado de baja emisión de contaminantes.
  • Tratándose de personas morales, deberá presentarse además, la escritura constitutiva en cuyo objeto social conste como actividad principal la prestación del servicio de autotransporte federal o servicio auxiliar solicitado.
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