Franja fronteriza
La Franja fronteriza es, según la Ley Aduanera, el territorio comprendido entre la línea divisoria internacional y la línea paralela ubicada a una distancia de veinte kilómetros hacia el interior del país.
¿Qué es la Franja fronteriza?
La Franja fronteriza es la que nos separa al norte con Estados Unidos y al sur con Guatemala.
Importación de vehículos en la Franja fronteriza
Las personas físicas que acrediten su residencia en la Franja Fronteriza Norte, así como en los estados de Baja California y Baja California Sur, en la región parcial del estado de Sonora y en el municipio fronterizo de Cananea, estado de Sonora, podrán efectuar la importación definitiva de vehículos automotores usados, siempre y cuando estén destinados a permanecer en estos lugares.
La importación a que se refiere el artículo anterior podrá efectuarse pagando exclusivamente el 50% del Impuesto General de Importación que corresponda a los vehículos a importar, conforme a su clasificación arancelaria.
Los vehículos que podrán importarse bajo el amparo de las disposiciones legales anteriores, son los siguientes:
- Automóviles cuyo valor no exceda de doce mil dólares de los Estados Unidos de América, excluyendo los vehículos deportivos, de lujo y convertibles.
- Camiones comerciales ligeros y medianos, propulsados por motor de gasolina.
Requisitos
Las personas físicas que pretendan efectuar la importación de los vehículos en los términos de los artículos anteriores deberán cumplir con lo siguiente:
- Acreditarse como ciudadano mexicano con el Acta de Nacimiento o de naturalización correspondiente.
- Comprobar su residencia en la franja y regiones fronterizas referidas, de seis meses anteriores a la fecha de la importación.
- Presentar el pedimento de importación.
- Presentar al momento del despacho aduanero conjuntamente con los documentos aduaneros respectivos, la constancia que acredite que el vehículo a importar cumple con las normas técnicas de emisión máxima permisible de contaminantes en su país de origen.